El artículo 28.3 del ET y el Real Decreto 902/2020 establecen claramente que el registro retributivo debe contener las medias aritméticas y medianas de los salarios. Esto significa que se deben incluir datos promediados y no valores individualizados. Esta interpretación literal de la normativa es esencial para garantizar la equidad y la transparencia en la remuneración de los trabajadores.
Además, la Directiva (EU) 2023/970 también exige que las empresas cumplan con la normativa europea en materia de transparencia salarial. Esta directiva se debe transponer en España antes del 7 de junio de 2026 y contiene referencias a niveles retributivos medios. Esto significa que las empresas deben justificar la brecha salarial y garantizar la protección de los datos personales de los trabajadores.
Además, el principio de minimización de los datos exige que solo se traten datos personales necesarios para alcanzar los fines específicos. En el caso de la remuneración, lo importante es la comparativa mujeres y hombres y no la retribución individualizada de cada trabajador. Esto significa que se deben evitar la divulgación directa o indirecta de información que permita identificar a una persona trabajadora.
Por todo ello, el Tribunal Supremo ha concluido que las empresas no están obligadas a incluir datos retributivos individualizados en sus registros salariales. Esto es una decisión importante que afecta a la protección de los datos personales de los trabajadores y a la gestión de la información salarial de las empresas.
Además, las negociaciones de los planes de igualdad también se verán afectadas por esta decisión. Las empresas deben abordar la transparencia salarial de manera indirecta a través de las auditorías salariales. Esto significa que deben garantizar que la información salarial sea accesible y transparente, pero sin comprometer la protección de los datos personales de los trabajadores.
Finalmente, es importante seguir de cerca la transposición de la Directiva de transparencia retributiva. Esta directiva podría modificar el alcance de las obligaciones actuales en materia de registro retributivo y proteger los datos personales de los trabajadores.