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La AMI reclama 551M euros a META por infracción de competencia
2024-11-29
En la actualidad, se observa una importante demanda por acción de competencia desleal. Esta demanda se centra en la infracción del artículo 15 de la Ley de Competencia Desleal, ya que se considera desleal prevalerse en el mercado con una ventaja competitiva obtenida a través de la infracción de leyes. Esta ventaja competitiva debe ser significativa para justificar la demanda.

¡Demanda por Competencia Desleal y Protección de Datos!

Norma Infringida en la Demanda

En la demanda, se considera que se ha infringido el artículo 6 del Reglamento de la Unión Europea 2016/679, de protección de datos. Además, también se deben valorar los principios relativos al tratamiento de datos, regulados en el artículo 5 del mismo reglamento. Se sostiene que la ventaja competitiva obtenida por META en publicidad se centra en la infracción de estos preceptos. Sin embargo, META niega esta infracción.

La prueba admitida a la AMI, durante la audiencia previa, se dirige a acreditar esta infracción y afecta tanto a la política de privacidad como a la política de cookies. Mientras que la prueba admitida a META se dirige a acreditar que no obtiene una ventaja competitiva frente a las editoras de comunicación demandante y a cuestionar la indemnización por daños y perjuicios causados en publicidad on line.

Resolución Oral del Recurso Interpuesto por Meta

En la audiencia previa, se hizo referencia expresa a la Sentencia del TJUE de 4 de julio de 2023, que interpreta el artículo 6 del Reglamento, y a la Sentencia del TJUE 4 de octubre de 2024 (SCHREMS III), que analiza la utilización de cookies, social plug-ins y píxeles, así como al principio de minimización. Estos principios son cruciales, ya que los datos personales deben ser adecuados, pertinentes y utilizados de forma limitada en relación con los fines para los que son tratados.

En la demanda, se reclama a META un total de 551.322.000 de euros, que es la cantidad perdida por las demandantes en ingresos publicitarios, según los informes periciales aportados por la parte demandante. Durante la audiencia previa, celebrada en vista pública el miércoles 27, se ofreció celebrar el juicio el próximo 11 de julio, pero el abogado de AMI acreditó la imposibilidad de estar presente. Finalmente, el magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid ha fijado para los próximos 1 y 2 de octubre de 2025 la vista oral del juicio.

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